RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.
La tacha de arbitrariedad resulta de aplicación particularmente restringida cuando hay una situación de duda, toda vez que el estado de incertidumbre al que se refiere la ley se desarrolla en el fuero interno de los magistrados como consecuencia de la apreciación de los elementos del proceso en su conjunto.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
La exigencia de que los fallos judiciales tengan fundamentos serios reconoce raíz constitucional y tiene, como contenido concreto, el imperativo de que la decisión se conforme a la ley y a los principios propios de la doctrina y de la jurisprudencia vinculados con la especie a decidir.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
Es inadmisible el recurso extraordinario, contra la sentencia que absolvió del delito de homicidio culposo a la médica imputada (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio y Enrique S. Petracchi).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de noviembre de 1998.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Juan Carlos Cuello :y Fabiana Patricia Ventimiglia de Cuello en la causa Manucci, Gabriela Josefina y otros s/ homicidio culposo —causa N° 8326", para decidir sobre su procedencia. .
"Considerando:
LU
19) Que contra la sentencia de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que absolvió a la médica Mabel Elsa Navone de Maldonado del delito de homicidio culposo, la querella interpuso recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta presentación directa.
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2991
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