presa a radicarse era la sociedad anónima (fs. 62/63). Con posterioridad, el director dirigió una nota al secretario de Estado de Comercio, Industria y Minería manifestándole que, hasta que se pudiera concretar la localización definitiva de Estructuras Tafí S.A.C.I., se hacía necesario conceder a esta firma un certificado provisorio de desgravación "para que complete los trámites de constitución de la sociedad y su posterior instalación" (fs. 67).
Finalmente se emitió dicho instrumento, cuyo contenido resulta altamente significativo, ya que el mencionado secretario de Estado "certifica: que la firma Estructuras Tafí S.A.C.I. ha iniciado ...los trámites con el objeto (de) que le sean acordados los beneficios del régimen de promoción...". Asimismo, se consigna que los beneficios concedidos se vinculan con "las actividades tendientes a la instalación de la empresa Estructuras Tafí S.A.C.I." (fs. 69 del referido expediente administrativo; énfasis agregado).
Con posterioridad se registran numerosas presentaciones de la sociedad anónima, que también fueron proveídas por las autoridades provinciales (ver fs. 70, 81, 83, 85, 89, 99/100, 119, 122 y 138). Es más:
en virtud de una de esas presentaciones (la de fs. 70), el director provincial de industria envió una nota al representante provincial de Ferrocarriles Argentinos mediante la cual señalaba que la parcela N? 8 del parque industrial había sido "oportunamente reservada por la empresa Estructuras Tafí S.A." y solicitaba a la empresa nacional que fijase la fecha de firma del boleto de compraventa (fs. 75).
No es ocioso destacar, también, que a fs. 90/93 del expediente referido obra un informe dirigido por el jefe del Departamento de Control Industrial al director provincial de industria, en el que se interpreta que la situación societaria ha quedado regularizada y que Estructuras Tafí S.A. "ha cumplido con los requisitos solicitados y necesarios para la continuidad de su tramitación".
En cuanto a Ferrocarriles Argentinos, al responder la referida nota de fs. 75 —por la cual la provincia pedía la fijación de una fecha para firmar el boleto de compraventa con "Estructuras Tafí S.A" su representante no formuló ninguna observación acerca del tipo societario de la firma (contrariamente a lo afirmado en la contestación de demanda, ver en especial fs. 402 vta./403 vta.). Dicha codemandada tamPoco probó sus afirmaciones acerca de los presuntos pedidos de aclaraciones que habría formulado —tanto al señor Salaberri como a la
Compartir
67Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2542
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-2542
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 321 Volumen: 2 en el número: 1040 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos