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Fallos: 321:250 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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octubre de 1996). Buenos Aires, 19 de septiembre de 1997. Eduardo Ezequiel Casal.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 3 de marzo de 1998.

Autos y Vistos; Considerando:

12) Que la presente contienda negativa de competencia se trabó entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 26 y el Juzgado de Instrucción de la 2da. Nominación de Villa Dolores, Provincia de Córdoba, en la causa en la que se investiga la conducta de Manuel Otoniel Hormaeche, por no haber puesto a disposición del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 20 un automóvil prendado cuyo secuestro había pedido el acreedor.

2?) Que, con fundamento en lo decidido por la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, el magistrado nacional declinó su competencia por entender que la conducta denunciada debía considerarse cometida en el domicilio del imputado fs. 25/26).

Por su parte, el juez provincial rechazó la competencia atribuida con fundamento en que el hecho había tenido principio de ejecución en esta ciudad.

3?) Que con la insistencia del juzgado de origen quedó formalmente trabada esta contienda, en los términos del art. 24, inc. 7°, del decreto-ley 1285/58 4) Que a fs. 37/37 vta., el señor Procurador Fiscal intervino de conformidad con el art. 2°, incs. a y b, de la ley 15.464.

— 5) Que, sin embargo, con fecha 13 de noviembre de 1997 el juez nacional remitió un oficio a esta Corte haciendo saber que en los autos principales se había resuelto sobreseer a Manuel Otoniel Hormaeche en esa causa (ver fs. 38).

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:250 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-250

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