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Fallos: 321:1991 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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sino la explicitación de un criterio diverso respecto del expuesto,implícitamente, por la Juzgadora, que, evidentemente, no conlleva la demostración del error presumiblemente atinente a aquel.

Por otra parte, cabe consignar, a tenor de lo resuelto en fs. 439/440 y 460/462, que a juicio de los tribunales de la causa, la no inclusión en los términos de la normativa sobre consolidación de los rubros del actor acogidos en la sentencia, vía declaración de inconstitucionalidad, resultó supeditada a su planteo en tiempo oportuno, conforme lo hizo el reclamante a fs. 426/429, ocasión en que su pretensión no incluyó los honorarios. De ello se desprende, la índole tardía del planteo de fs. 471/474 al respecto (máxime cuando nada dijo sobre el tema al evacuar el traslado de la apelación a fs. 447/449), toda vez que, precluida la instancia procesal para hacerlo, habría adquirido firmeza en orden a la materia, el decisorio de fs. 439/440, con anterioridad al cuestionamiento de fs. 471/474. .

Por todo lo expuesto, considero que corresponde desestimar los recursos intentados. Buenos Aires, 29 de septiembre de 1997. Nicolás Eduardo Becerra.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de agosto de 1998.

Vistos los autos: "Gutiérrez, Alberto c/ Ferrocarriles Argentinos s/ daños y perjuicios (acc. tránsito c/ lesiones o muerte)".

Considerando:

19) Que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala 1, confirmó la decisión de la instancia anterior que había declarado la inconstitucionalidad de la ley 23.982 en lo que se refiere al pago de la condena pronunciada en autos contra la demandada, salvo lo relacionado al monto destinado a indemnizar el daño moral sufrido por el actor, aspecto este último en el que el fallo de alzada revocó el dictado por el juez. La condena respecto de cuyo pago se declaró, en definitiva, la inaplicabilidad de las previsiones de la ley de consolidación, es

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1991 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1991

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