RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos.
La desaparición de uno de los requisitos jurisdiccionales importa la del poder juzgar (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi). RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos.
Las sentencias de la Corte Suprema han de ceñirse a las circunstancias dadas cuando se dictan, aunque éstas sean sobrevinientes al recurso extraordinario (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.
La Corte no puede entender en el pleito si la ausencia de interés convierte en abstracto el pronunciamiento que se le ha requerido (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.
Aun cuando no exista interés que sustente la intervención de la Corte Suprema para resolver cuestiones litigiosas, ésta conserva la jurisdicción necesaria para evitar que la subsistencia del pronunciamiento apelado cause a los recurrentes un gravamen no justificado por la manera en que haya quedado limitada la relación procesal, lo que impone dejar sin efecto la sentencia cuestionada si no cabe descartar alguna consecuencia gravosa para las recurrentes (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de mayo de 1998.
Autos y Vistos; Considerando:
Que mediante el escrito de fs. 895 la actora solicitó que el Tribunal declare "el carácter abstracto de la causa y ordene su archivo", debido al cambio sobreviniente de la reglamentación impugnada en su demanda de amparo. Por su parte, el Estado Nacional —recurrente
Compartir
78Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1339
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1339
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 321 Volumen: 1 en el número: 1339 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos