RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten ciasarbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó parcialmente el planteo de nulidad, si lo decidido satisface solo en apariencia la exigencia de adecuada fundamentación (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Enrique Santiago Petracchi, Guillermo A. E. López y Adolfo Roberto Vázquez).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de abril de 1997.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Dirección General Impositiva c/ S.E.S.L.E.P", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
Por ello, se desestima la queja. Tómese nota por Mesa de Entradas, del diferimiento del depósito, que en virtud del resultado alcanzado deberá hacerse efectivo. Hágase saber y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales.
JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor (en disidencia) — Carios S. FAYr — AUGUSTO César BELLUsCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (en disidencia) — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. LóPez en disidencia) — Gustavo A. BosserT — ADoLFo RoBErto VÁZQUEZ (en disidencia).
DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MoLiNÉ O'Connor y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI , DON GUILLERMO A. F. LórEz y DON ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ
Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento de la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza (fs. 100/103 del incidente de apela
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:644
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