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Fallos: 320:2717 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

El recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó la demanda por indemnización de daños y perjuicios por mala praxis médica es inadmisible art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de los Dres. Julio S. Nazareno, Enrique Santiago Petracchi y Antonio Boggiano).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de diciembre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Pinheiro, Ana María y otro c/ Instituto de Servicios Sociales para el Personal Ferroviario", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

12) Que los actores promovieron demanda por indemnización de daños y perjuicios por mala praxis médica contra el Instituto de Servicios Sociales para el Personal Ferroviario, a raíz de la negligencia atribuida a sus dependientes en la adopción de las medidas de prevención y tratamiento necesarias para superar las dificultades producidas en un parto, que llevaron finalmente a la pérdida del feto causada por asfixia.

2) Que el fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, que confirmó el de primera instancia, señaló que el parto había sido normal; que no podía haberse diagnosticado el sufrimiento fetal con mayor anticipación y que la conducta médica había resultado adecuada para ese tipo de casos, de manera que el personal del nosocomio no había actuado con negligencia en la atención de la paciente respecto de los acontecimientos que produje- ron el desenlace fatal. .

32) Que los actores dedujeron recurso extraordinario y tacharon de arbitraria la decisión de la alzada por haber omitido la resolución de cuestiones esencialés para la determinación de la responsabilidad de la demandada y haber llevado a cabo una irrazonable valoración de la prueba que condujo a una sentencia con fundamentación

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2717 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-2717

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