no Unido e integrantes de las fuerzas armadas de esa Nación, a quienes se les imputó —con motivo del hundimiento de un buque- el delito de homicidio calificado, ya que los supuestos imputados no se encuentran desempeñando cargos en nuestro país que impongan que ante los hechos denunciados intervenga el Tribunal.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte: , La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 1, declinó su competencia en favor de la originaria de V.E.
para entender en la presente causa iniciada con motivo de la denuncia efectuada, por Alejandro Montiel, contra la ex-Primer Ministro del Reino Unido, Margaret Thatcher mas otros integrantes de las Fuerzas Armadas de esa Nación, tras considerar que con motivo del hundimiento del crucero A.R.A. General Belgrano se habría incurrido en la comisión del delito de homicidio calificado.
Tal resolución tuvo como fundamento lo dispuesto en el artículo 117 de la Constitución Nacional y lo señalado por el artículo 24 del decreto-ley 1285/58.
En este contexto V.E. me corre vista, a fs. 26, para que dictamine si se dan algunos de los supuestos que habilitan la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Al respecto es doctrina reiterada del Tribunal que, la competencia originaria de la Corte Suprema, establecida en el artículo 117 de la Constitución Nacional, encuentra justificación, en lo que respecta a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, en la necesidad de preservar el respeto y la mutua consideración entre los estados, dada la importancia y la delicadeza de las relaciones y el trato con las potencias extranjeras, lo cual aconseja asegurar a sus representantes diplomáticos las máximas garantías que, con arreglo a la práctica uniforme de las naciones, cabe reconocérseles en la medida en que ello contribuya al más eficaz cumplimiento de sus funciones (Fallos: 310:567 y sentencia del 9 de agosto de 1994 in re "Obame Paul Enembe y otros robo calificado" O.197 L.XXVTI entre otros).
En tales condiciones advierto, que en el sub lite tanto la Señora Margaret Thatcher como los demás denunciados, según es de público
Compartir
75Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1744
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-1744
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 320 Volumen: 2 en el número: 642 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos