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Fallos: 320:1186 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

La apertura dela vía extraordinaria no tiene por objeto más allá del acierto o error de lo decidido- sustituir a los jueces de la causa en la decisión de las cuestiones que les son privativas.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recur so. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Es arbitraria la sentencia que desestimó la indemnización redamada por una concesionaria si el tribunal prescindió de efectuar un tratamiento adecuado de la cuestión de acuerdo a las pruebas producidas, lo que redunda en evidente menoscabo de las garantías constitucionales invocadas por la recurrente y dela correcta fundamentación exigible a los fallos judiciales.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Es descalificable la sentencia que, al desestimar la indemnización redamada por una concesionaria, omitió interpretar lo pactado por las partes, siendo que corresponde a los magistrados dilucidar el conflicto en caso de oscuridad o disparidad de los criterios de interpretación de los contratos.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Apartamiento de constancias de la causa.

Es arbitraria la sentencia que desestimó la indemnización redamada por una concesionaria si el tribunal incurrió en una mera afirmación dogmática que no concuerda con las constancias de la causa.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de junio de 1997.

Vistos los autos: "Automóviles Saavedra S.A.C.I.F. d/ Fiat ArgentinaS.A.C.I.F. s/ ordinario".

Considerando:

12) Que contra el pronunciamiento de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial -dictado en virtud de lo dis

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1186 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-1186

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