nencia y promoción de estudiantes de las universidades nacionales; pues este asunto integra la "autonomía" de dichas universidades, que se encuentra prevista en el inciso 19 del artículo 75 de la Constitución Nacional. En consecuencia, el artículo 50 de la ley 24.521 viola —a raíz de regular el aludido sistema-— el citado inciso 19 del artículo 75 de la Constitución Nacional (fs. 180 y vta.; quinto párrafo de fs. 183 vta.); b- en subsidio del argumento anterior, el apelante sostiene que es errónea la interpretación que el a quo ha realizado del artículo 50; pues esta norma es de carácter programático, tal como lo establece el artículo 79 de la LES 0); y mantiene que este será operativo "[...] una vez que se haya verificado la adecuación de los estatutos [universitarios] contemplada en la ley" (fs. 188); cen subsidio de los dos argumentos precedentes, la apelante afirma quela Facultad de Medicina de la UBA ha excedido la competencia que le otorga el artículo 50 sub examine; porque la resolución N° 1219/95 de la facultad de medicina no se ha limitado a establecer el régimen de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes de esa facultad, como lo prevé dicha ley, sino que, además, ha regulado el contenido de la carrera médica; punto éste que se encuentra dentro de la competencia exclusiva del Consejo Superior de la UBA, por imperio de su autonomía prevista en la citada norma de la Constitución Nacional (fs. 189 vta.); d- sostiene, finalmente, que el fallo de cámara incurre en arbitrariedad, pues ha basado su decisión en una cuestión no planteada: el examen de razonabilidad del transcripto artículo 50.
8) Que la cámara rechazó el agravio de arbitrariedad del recurrente; y concedió el resto de los planteos, con base en el inciso 3? del artículo 14 de la ley 48 (fs. 223). Ello motivó que el apelante articulara recurso de queja ante este Tribunal.
9) Que el primer agravio del recurrente —que fue bien concedido .
por el a quo— plantea el problema que fue formulado al comienzo de esta sentencia, esto es:
¿Es posible —a la luz de la "autonomía" de las universidades nacionales, prevista en el inciso 19 del artículo 75 de la Constitución NacioNe 8) El artículo 79 de la LES ha sido transcripto supra en la nota de pie de página 7. -
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:3189
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