206 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA compañeros de tareas que, erróneamente, pueden considerar su indisciplina como una pauta válida de imitarse ante la ausencia de sanciones graves". A fs. 24 agregó que sobre el agente tiene un "concepto pésimo, y se lo considera un ejemplo pernicioso".
2?) Que, de conformidad con tales antecedentes, el Sr.Secretario de Superintendencia Administrativa considera que corresponde aplicar la sanción de cesantía (ver fs. 25).
3) Que según lo dispuesto por el art. 21, segundo párrafo del R.J.N, las faltas objetivamente comprobadas pueden dar lugar a la sanción requerida, sin necesidad de la instrucción de sumario administrativo conf. doctr. Fallos: 281:271 ; 307:1642 ; 310:2018 , entre otros).
Por lo expuesto, en atención a las circunstancias desfavorables reseñadas y la falta de corrección de su actitud, a pesar de las advertencias que se le efectuaron, Se resuelve: N Disponer la cesantía del agente Miguel Angel Valderrey (art. 16 del decreto ley 1285/58), a partir de la notificación de la presente.
Regístrese, hágase saber y, oportunamente, archívese.
Juto S. NAZARENO — EDUARDO Morin O'Connor — AuGusto César , BuLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUILLERMO A. E. López.
OBRA SOCIAL DeL PODER JUDICIAL pr La NACION
EMPLEADOS JUDICIALES. — No corresponde el pago de bonificación adicional por título de farmacéutica, si fue tenido en cuenta para contratar a la agente que lo solicita.
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:206
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