oficial mayor Juan A. Soro, de acuerdo con las normas reglamentarias vigentes. Regístrese, hágase saber y archívese. JuLIO S. NAZARENO — Carlos S. Fayt — Auusto CESAR BELLUSCIO — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. LórPez — Gustavo A. Bossert — ApoLro ROBERTO VÁZQUEZ.
MURCOT S.A. v. YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Juicios en que la Nación es parte. 
Es formalmente procedente el recurso ordinario de apelación en el caso en que se trata de una sentencia definitiva, recaída en una causa en que es parte la Nación Argentina —a través de la demandada YPF- y el valor cuestionado supera el mínimo establecido por el art. 24, inc. 6, ap. a, del decreto-ley 1285/58 y sus modificaciones.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.
En el caso en que el dueño del campo reclama por la extracción y utilización indebida de materiales de tercera categoría, las obligaciones y derechos de las partes nacen de la ley, sin que exista relación contractual alguna.
DERECHO MINERO.
El legislador ha distinguido —y puede reformar las categorías de sustancias minerales y ha fijado cuáles son concesibles, instituyendo los derechos del propietario del campo sobre tales sustancias, derechos que son, pues, de origen minero y no civil. 
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad. .
Aun cuando los amplios términos en que fue concebido el primer párrafo del art. 100 de la ley 17.319 permitan comprender todo reclamo del propie
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:1801 
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