domicilio comerdal en Viedma, al tienpode sdlicitar apertura decuenta corriente y la expedición de tarjeta de crédito en el Banco del Sud —noviembre de 1992 (ver fs. 332/339), en el Ministerio de Economía dela Provincia —Registro de Proveedores dela Provincia— en su manifestación de bienes al 31 de Marzo de 1992, certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (ver fs. 260, 262 y 267), en el Bancodela Nación Argentina -sucursal de Rio Negro— presentó documentación en noviembre de 1992, requiriendo crédito y denunció además de domicilio familiar, domicilios "comerciales" en Viedma (ver fs. 313/ 320), en la Dirección General de Rentas, declaró el domicilio fiscal en José María Guido 876 de Viedma, donde conforme la reglamentación vigente debe obrar la documentación contable alos fines de la debida verificación (ver fs. 296), que la delegación regional de Viedma del ANSES, realizó inspecciones sobr ela contabilidad de la concursada en la jurisdicción donde se hallaban sus establecimientos comerciales —años 1989 y 1991- (ver fs. 303/310).
A lo expuesto debo agregar que en el concurso preventivo, la acreditación que se tuvo en cuenta para tener por domicilio sede de la administración de los negocios del deudor fueron sus propias manifestaciones (fs. 62), cuando surgía quela principal y particular actividad del deudor como comerciante, era la de explotar Supermercados en las localidades de Viedma y de Carmen de Patagones.
Finalmente es del caso poner de relieve, que el concursado omitió deliberadamente denunciar ante el juzgado de esta Capital Federal, que mediaba la inscripción de comerciante antedicha en extraña jurisdicción, la que continuaba vigente, sin haberse registrado cambio alguno ante el organismo pertinente, conforme a las previsiones del Código de Comercio.
De otrolado, en dichas actuaciones concursales consta que el deudor, al tiempo de su presentación, manifestó que su actividad comercial la desarrolló desde sus comienzos en la Provincia de Rio Negro ver fs. 62/63), quetal ejerciciodel comercio, serefirió primordial menteala explotación de supermercados, que la mayoría de sus acreedores se hallaban en jurisdicción ajena a esta Capital Federal (ver lista de acreedores denunciados a fs. 524/525), que sus principales obligaciones financieras, habían sido asumidas en Rio Negro (ver fs. 526), acreedores estos que conformaban la mayoritaria deuda concursal, que la totalidad de su activo estaba radicado en el lugar de los establecimientos comerciales (Viedma o sus vecinas Carmen de Patagones o San Antonio Oeste, ver inventario defs. 96/100).
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2030
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