LAUDO ARBITRAL.
La mayor o menor amplitud del control judicial depende de la misma voluntad que dio origen al arbitraje: de máxima extensión, si las partes cuentan con el recurso de apelación por no haber renunciado a él o limitado a ciertos ámbitos eminentemente formales en el supuesto de que los contratantes hayan renunciado a aquella apelación y sólo dispongan del recurso de nulidad del laudo arbitral (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.
Dictada una sentencia sobre nulidad de Jaudo arbitral por el tribunal superior de la causa y llenados los demás requisitos formales y sustanciales de admisibilidad exigidos por la excepcional instancia federal, a la Corte le corresponde sólo una limitadísima revisión sobre la eventual violación de los derechos y garantías constitucionales en que pudiera haber incurrido aquella sentencia (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano). .
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.
Silas partes libremente y en materias disponibles se sustrajeron a la autoridad decisoria de los jueces estatales, no es competencia de la Corte suplir mediante la vía indirecta de la revisión amplia de la sentencia del a quo —comprensiva en definitiva del laudo mismo-las deficiencias de juicio o de criterio de los árbitros, la mayor o menor equidad de su pronunciamiento o su acierto o error (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano). -
LAUDO ARBITRAL.
Si de la misma sentencia de cámara se desprende que la afirmación relativa a la coincidencia entre el derecho nacional y el extranjero, que tornaría abstracta la petición del recurrente, no surge la decisión mayoritaria en la causa sometida a arbitraje sino de un voto disidente que, además, había entendido la identidad referida en un sentido favorable al peticionante, no puede afirmarse que esta parte careciera de interés para pedir la nulidad (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
LAUDO ARBITRAL.
La descalificación del pronunciamiento por basarse en afirmaciones dogmáticas que comprometen gravemente la defensa en juicio no implica inexorable pronunciamiento sobre la alegada nulidad del Jaudo arbitral ya que lo atinente .
a las modalidades de aplicación de las normas indicadas por las partes a los árbitros admite múltiples alternativas en virtud de los variados métodos aceptados en la práctica del arbitraje internacional (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano). - . ..
Compartir
107Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1994, CSJN Fallos: 317:1528
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-1528
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 317 Volumen: 3 en el número: 482 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos