de julio de 1994, in re M. 333.XXIV, ""Moschini, José María c/ Fisco Nacional (A.N.A.) s/ cobro de pesos", voto en disidencia de los doctores Belluscio, Petracchi y López —cuyos fundamentos se dan por reproducidos-, corresponde confirmar la sentencia apelada.
3) Que, asimismo, atento a la forma en que se resuelve la cuestión, el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad de la citada ley formulado al contestarse el traslado del recurso extraordinario, resulta inconducente.
Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma el pronunciamiento impugnado. Costas por su orden, pues la dificultad del texto legal pudo inducir a la recurrente a sostener un criterio opuesto. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
AUGUSTO CEsar BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUILLERMO
A. F. Lórez. 
DiSIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON EDUARDO MoLINÉ O'Connor Considerando:
Quelos agravios de la recurrenteremiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las decididas por esta Corte en la causa M.333.XXIV, "Moschini, José María c/ Fisco Nacional (A.N.A.)s/ cobro de pesos", sentencia del 28 de julio de 1994, a cuyas consideraciones corresponde remitir en razón de brevedad.
Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Costas por su orden, puesla dificultad del texto legal pudo inducir al recurrente a sostener un criterio opuesto.
Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
EDUARDO MoLiNé O'Connor.
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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:1085 
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