36 623 EDUARDO LUIS BLANCO v. BANCO POPULAR ARGENTINO S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
Es inadmisible el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que rechazó el recurso de inaplicabilidad de ley por considerar que el apelante no había cumplido con la carga de impugnación establecida en las normas locales art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.
Cabe hacer excepción a la doctrina según la cual lo relativo al cumplimiento de los requisitos que debe reunir la apelación ante los tribunales de la causa no puede reverse en la instancia extraordinaria, cuando media un apartamiento de las constancias del juicio o el examen de dichos requisitos se efectúa con injustificado rigor formal que afecta la garantía de la defensa en juicio (Disidencia de los Dres. Rodolfo C. Barra y Eduardo Moliné O'Connor) (2).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal Superior.
El tribunal superior de provincia según el art. 14 de la ley 48, es el órgano judicial erigido como supremo por las constituciones de las provincias y, consecuentemente, los litigantes deben alcanzar a ese tramo final mediante la consunción, en la forma pertinente, de las instancias locales a efectos de satisfacer el recaudo examinado (Disidencia de los Dres. Rodolfo C. Barra y EduardoMoliné O'Connor) (3).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.
El tribunal de la causa debe exponer, en forma pormenorizada atendiendo a las cuestiones que les son llevadas por los litigantes, las razones pertinentes que hacen a la concesión o denegatoria de los recursos locales intentados (Disidenca de los Dres. Rodolfo C. Barra y Eduardo Moliné O'Connor) (4).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto.
Incurre en exceso ritual la sentencia que rechazó el recurso de inaplicabilidad deley afirmando dogmáticamente que el recurrente había caído en insoslayable 1) 6 de abril.
2) Fallos: 299:268 .
3) Fallos: 310:302 .
4) Fallos: 308:490 ; 310:302 ; 311:2478 .
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:623
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