RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto. .— Es descalificable la decisión que evitando dilucidar la cuestión referida a que el decreto 1772/91, que modifica el régimen laboral del personal embarcado en la flota mercante argentina, habría sido dictado por el Poder Ejecutivo invadiendo la competencia del Congreso de la Nación rechazó el amparo, optando por una solución formalmente rigurosa que obsta a la aptitud de la vía intentada (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 9 de diciembre de 1993. 
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Sindicato de Conductores Navales de la República Argentina c/ Estado Nacional — Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos — Secretaría de Transportes", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que los agravios de los recurrentes dirigidos a cuestionar el fallo por el cual se desestimó in limine la acción de amparo, no son eficaces para demostrar un caso de arbitrariedad que justifique la intervención de esta Corte en materias que, como regla, son ajenas a la instancia del art. 14 de la ley 48. Ello es así, pues el pronunciamiento se fundó en aspectos de índole procesal concernientes a la complejidad de la cuestión planteada y a la aptitud de la vía elegida para su examen judicial, que fueron resueltos con argumentos suficientes deigual índole.
Por ello, se desestima la queja. Notifíquese, devuélvanse los autos principales y, oportunamente, archívese.
RopoLro C. BARRA (por su voto) — ANTONIO BOGGIANO — CarLos S. FAYTen disidencia) — AUGUSTO César BeLLuscio (en disidencia) — ENRIQUE 
SANTIAGO PETRACCHI (en disidencia) — RICARDO LEvENE (11) — MARIANO
AUGusto CAvacNA MARTÍNEZ — JULIO S. NAZARENO — EDUARDO MOLINÉ O'Connor. 
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:3001 
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