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otorgadas a los Poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo, y al deslinde de atribuciones de éstos entre sí y con respecto a los de las provincias.
CORTE SUPREMA.
La Corte Suprema es el intérprete final de la Constitución Nacional.
DIVISION DE LOS PODERES.
La esencia de nuestro sistema de gobierno radica en la limitación de los poderes de los distintos órganos y en la supremacía de la Constitución. Ningún departamento del Gobierno puede ejercer lícitamente otras facultades que lasquelehan — sido acordadas.
DIVISION DE Los PODERES.
Es del resorte de la Corte Suprema juzgar la existencia y límites de las facultades privativas de los otros poderes y la excedencia de atribuciones en la que éstos puedan incurrir.
DIVISION DE LOS PODERES. , " El principio referido a que la misión más delicada de la justicia de la Nación es la de saberse mantener dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las .
funciones que incumben a los otros poderes o jurisdicciones, descansa en el he cho de que es dicha justicia la encargada de delimitar, con arreglo a la Constitu- ción y en presencia de una causa, las mencionadas órbitas y funciones. .
JUICIO POLITICO.
Si la Corte Suprema declara la invalidez de lo decidido, con base en el quebrantamiento de las formalidades que deben ceñir el enjuiciamiento político, no por ello reemplaza al Senado en su alta función de juzgar al acusado, sino que establece que la atribución no fue ejercida de conformidad con los requerimientos a que la Constitución la condicionó para ser irrevisable.
CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad. Facultades del Poder Judicial, El control judicial de constitucionalidad procura la supremacía de la Constitución, no la del Poder Judicial, o la de la Corte, aun cuando sea ésta el intérprete supremo de aquélla.
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2943
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