El Gobierno —repito— es un proceso dinámico que requiere conducción hacia objetivos y es natural que esta conducción quede en manos _ del órgano más apto, que lo es el que tiene carácter unipersonal y actúa los doce meses del año y puede hacerlo con máxima celeridad, con coherencia y con unidad de información. Está en la naturaleza de las cosas que la mayor aptitud para la preeminencia corresponda a quien pueda manejarse con decisiones unipersonales y no quede sujeto a centenares de voluntades heterogéneas, divididas en bloques y partidos.
En su Discurso sobre las Décadas de Tito Livio, recuerda Maquiavelo que cuando los romanos enviaron contra los equos a Quintio y a Agripa, éste decidió que sólo Quintio tomara la dirección, y dijo: en los asuntos importantes, conviene al éxito que uno solo ejerza el mando supremo. No sé si Alberdi había leído este pasaje de Maquiavelo, pero sí es obvio que, al menos, lo había intuido.
En Estados Unidos, la actuación del Poder Ejecutivo como órgano preeminente se vio favorecida por dos circunstancias relevantes y dramáticas -la crisis de 1929 y la segunda guerra mundial- que acentuaron el presidencialismo. Y es, desde luego, muy difícil que el Poder o un órgano del Poder devuelva espontáneamente potestades que tomó para sí en tiempos de grave emergencia.
Este hecho que señalo (la preeminencia del Poder Ejecutivo en .
Estados Unidos) fue expresado por dos clásicas teorías oficiales en ese país: la teoría del "stewardship" de Teodoro Roosevelt en 1913, y la teoría de la "prerrogativa presidencial" de Franklin Roosevelt en 1943.
La segunda de ellas, en efecto, establece que cuando una grave razón de interés público lo reclama, si el Congreso falla en su deber de actuar adecuadamente, el Presidente debe hacerlo por sí y asumir la responsabilidad correspondiente ante la historia. Esta teoría de la "pre rrogativa presidencial" guarda notoria semejanza con ciertas afirmaciones oficiales hechas recientemente en la Argentina. Creo que muchos ciudadanos de nuestro país, colocados hoy ante la concepción de Franklin Roosevelt que dejo explicada, han de pensar seguramente que quien fue abanderado de la civilización universal en la lucha contra el fascismo era, en realidad, fascista y padecía inclinaciones "hegemónicas", como ahora se dice.
Como quiera que sea, mi afirmación básica es que la doctrina de la división de poderes —en nuestro país- no supone igualación absoluta
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2289
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