ces, el gobierno federal aprendió del ejemplo de los estados pioneros y adoptó sus propias leyes similares (39). Más recientemente, algunos estados han tomado la delantera en el desarrollo de programas de reentrenamiento para trabajadores despedidos ("workfare"), de nuevas formas de seguro médico, y de leyes ambientales. De la misma forma, los estados pueden, en el uso de su soberanía, ir más allá de la garantías de libertad individual contenidas en la Declaración de De- , Techos, Falta ver si estos experimentos audaces funcionarán. Pero en donde tengan éxito, el gobierno nacional sin duda aprenderá del ejemplo si algún día considera la legislación para la nación entera.
Durante un tiempo la Suprema Corte cumplió un papel activo en garantizar que el gobierno nacional no actuara para debilitar la soberanía de los estados (40). Sin embargo, en 1985, en García v. San Antonio Metropolitan Transit Authority (41) la Corte renunció a ese papel. Los estados, sostuvo, estaban adecuadamente protegidos por el proceso político. Cada estado, después de todo, tenía la misma representación en el Senado; esa representación, la Corte razonó, sería suficiente para asegurarse que el Congreso no abusara de la soberanía estatal.
Yo disentí en el fallo de García, al igual que otros tres Jueces, Sos- .
tuve que la Corte debería considerar la autonomía estatal como un factor en la evaluación de la constitucionalidad de leyes del Congreso.
Pero García no niega que los estados tengan un interés en la autonomía constitucionalmente protegido. Simplemente falla que este interés no siempre se puede hacer cumplir por el Poder Judicial. El punto de la teoría del "proceso político" en García es que los intereses del federalismo se llevarán a cabo, en parte, sin la acción por parte de los tribunales.
Sin embargo, de mayor importancia es que García dejó abierta la posibilidad de que la Suprema Corte invalidará una ley que sea demasiado intrusiva. Y hace solamente un año hicimos precisamente Eso. En New York v. United States, la Corte se vio enfrentada con un 39) Vénse Adkins v. Children's Hospital, 261 U.S. 525, 527 (1923) (opinión de Felix Frankfurter) (notando que el Congreso "siguió el ejemplo de muchos estados" cuando promulgó la ley del salario mínimo para el Distrito de Columbia).
40) Véase, por ej., National League of Cities v. Usery, 426 US. 833, 852 (1976).
41) 469 U.S. 528 (1985).
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2268
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