no. La ley sobrevivió el escudriñamiento constitucional más que nada porque seguía de cerca las pautas de la Constitución misma. La Constitución explícitamente declara que el Congreso puede conferirle la facultad de nombrar funcionarios del ejecutivo subalternos no sólo al Presidente sino también a los tribunales (23). Una vez que la Suprema Corte determinó que el fiscal especial de hecho era un funcionario subalterno en vez de uno superior, era claro que la facultad de nombramiento podía corresponderle a un tribunal especial (24). Del mismo modo, el límite a la facultad de destitución no era visto como una violación inconstitucional al Poder Ejecutivo. El Congreso no se había apoderado de la facultad de destituir o de evitar la destitución del fiscal especial, un funcionario del Ejecutivo. Más bien, había establecido, por medin de ley, los criterios sustantivos a aplicarse cuando se decide si la destitución fue apropiada (25).
Así, a diferencia de la ley en disputa en Bowsher, la ley en Morrison no le confería al Congreso o sus funcionarios la habilidad de cumplir la ley. Más bien, le daba instrucciones precisas al Poder Ejecutivo de cómo debía cumplir la ley. La moraleja de estos casos, por tanto, es que el Poder Legislativo puede contener 0 dirigir la manera en la cual el Ejecutivo hace cumplir la ley. Sin embargo, puede hacer esto solamente promulgando una ley que controle la discreción del Poder Ejecutivo; no lo puede hacer apropiándose de la facultad de hacer cumplir la ley que promulga.
2.
Después de hablar de cómo el Poder Legislativo no se puede adueñar por sí solo de las funciones del Poder Ejecutivo, se me hace justo hablar ahora sobre los límites a las facultades ejecutivas. Sentirán consuelo al saber que no hay mucho que decir. El grado al que llegan las facultades del Poder Ejecutivo es más tema de debate que de ponencia. Más de 125 años después de que se firmara la Constitución, los presidentes aún debatían hasta dónde llegaba el Poder Ejecutivo (26), en gran parte porque la línea que separa el hacer una ley con hacer cumplir una ley no es clara.
23) Const. EE.UU., Art. IT, $ 2, el. 2.
24) Véase 487 US., págs. 670-677.
25) Idem, págs. 685-693.
26) Véase J. Barron 8: C. Dienes, Constitutional Law Principles and Policy 269 (2a ed. 1982),
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2262
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