sexual en la posición relatada por el menor ("erguido, de pie, con pantalones bajos"), contestó "que es poco probable, llegando prácticamente al grado de la imposibilidad que sin violencia y en dicha posición se pueda producir una penetración anal" (fs. 93); y que esta imposibilidad es asegura da sin restricción por el especialista que suscribió el informe de fs. 801/804.
En tales condiciones y más aún teniendo en cuenta que la víctima dijo que durante el hecho sólo se relajó "un poquito", la conclusión inequívoca de que Veira consiguió, cuando menos, una pequeña penetración en el ano, no constituye una derivación razonada del examen del material probatorio reunido en el proceso, porque no se ha tenido en consideración sobre ese punto la inexperiencia sexual del menor, la dubitativa conclusión a la que arribaron los peritos respecto del tema, el altísimo grado de improbabilidad de que se consumase la violación en la posición referida por la víctima y la incompatibilidad de la nimia lesión física comprobada en relación con el escaso relajamiento del esfínter declarado por el menor Candelmo.
Y, relacionado con esta última circunstancia, no debe perderse de vista, de ningún modo, que acerca de la verdadera lesión observada tampoco resulta razonable la conclusión de que la diferencia entre el dictamen de los.
médicos del 1.M.O.S. y el del legista de la Policía Federal es "meramente lingúfstica", ya que el término fisura "es más usual entre los cirujanos" y es "genéricamente sinónimo" de exulceración, "con más o menos acento en alguna característica no esencial del daño observado" (voto de la doctora Argibay); o que fisura y exulceración son términos que denotan análoga .
lesión, capaz de evolucionar tal grieta en el ano -fisura- para transformarse en un "despulimiento" de la mucosa anal -exulceración- con el transcurso del tiempo, lo que compatibilizaría la divergente descripción de los dictámenes mencionados (voto de la doctora Camiña). Esa irrazonabilidad deviene del correcto entendimiento de la literatura médica más corriente.
Así, la exulceración.es definida como una "ulceración superficial que no interesa la capa basal", mientras que el concepto de fisura anal es el de una "ulceración lineal y dolorosa del margen del ano que provoca una contrac- .
ción sostenida del esfínter" (confr. "Diccionario de Ciencias Médicas Dorland", t. 1, págs. 528 y S61, Cuarta Edición, Editorial El Ateneo, Bs.
As. 1975). La sustancial diferencia-que salta a la vista de las definiciones transcriptas, puede entenderse mejor cuando se estudia con más detenimiento qué es, en verdad; una fisura anal. "Toma este nombre cuando la lesión ha llegado a la dermis; hay, por lo tanto, hemorragia y, por el he
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2067
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