fundamental para la vida familiar, el bienestar de la comunidad y el desarrollo de la personalidad humana" -Paris Adult Theatre 1. v.Slaton, 413 U.S. 49,63(1973), ver, asimismo, Carey v. Population Serveces International, 431 U.S. 678, 685 (1976)-. El hecho de que las personas sc definan a sí mismas de una manera significativa a través de sus relaciones sexuales íntimas con otras sugiere, en una nación tan diversificada como la nuestra, que puede haber muchas maneras "adecuadas' de conducir estas relaciones y que gran parte de la riqueza de una relación provendrá de la libertad que una persona tenga para "elegir la forma y naturaleza de estos vínculos intensamente personales...".
Por ello, se desestima la queja en cuanto a la arbitrariedad invocada, se declara procedente el recurso extraordinario con los alcances que surgen de la presente y se deja sin efecto la sentencia apelada. Téngase por perdido el depósito que obra afs. 1 de la queja, y agréguese éstaal principal. Notifíquese y, por intermedio del tribunal a quo, devuélvase a la Inspección General de Personas Jurídicas a fin de que ésta resuelva la petición de la recurrente conforme a lo resuelto en el sub lite,
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.
PARTIDO JUSTICIALISTA
RECURSO DE QUEJA: Fundamentación.
Corresponde declarar procedente la queja, si los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal.
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1625
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