ACCION DIRECTA DE INCONSTITUCIONALIDAD.
Si los actores se presentan invocando su calidad de escribanos y fundan su acción de inconstitucionalidad dela ley 10.542 de Buenos Aires en el eventual daño económico quelesirrogaría su cumplimiento, sin acto alguno que los haya perjudicado, no existe un caso de controversia que autorice una intervención jurisdiccional (Disidencia de los Dres. Ricardo Levene (h) y Rodolfo C. Barra).
DICTAMEN DE LA PROCURADORA FISCAL
DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte: —I— Enautos se presentan los firmantes del escrito de demanda de fs. 189/208, invocando su carácter de escribanos de registros notariales de la Capital Federal, e interponen, por representación, esta acción declarativa en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , tendiente a obtener la declaración de inconstitucionalidad de la ley 10.542 de la Provincia de Buenos Aires.
Conposterioridad, a fs. 228 del II° Cuerpo, la parte actora introdujo como hecho nuevo el dictado del decreto provincial 142/89, reglamentario de la ley 10.542 y la disposición técnico-registral 3/89, haciendo extensiva, respecto de ambos, la tacha de inconstitucionalidad por adolecer, a su juicio, de los mismos vicios que la ley 10.542 en cuestión. - .
—I— .
Contales antecedentes corresponde, en primer lugar, un pronunciamiento en cuanto a la vía procesal intentada por la parte actora, sobre cuya procedencia introdujo cuestionamientos la demandada en autos, a partir del escrito de fs. 253, argumentando, básicamente, la ausencia de un "caso" o controversia" que autorice la intervención de V.E.
La demandante entiende reunidos los extremos exigidos, por el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial para acciones de la naturaleza de
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1188
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