NOMBRE. . Del texto de os considerandos del decrotoley 11.609/43, antecedente de la legislación actual en lá materia, queda en claro que la finalidad de tales normas es, en lo inmediato e instrumental, asegurar la defensa de nuestro idioma, y en su sentido primero y esencial, la protección de los "principios de nuestra nacionalidad", de la "identidad espiritual de la Nación" (Disidencia del Dr.
Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Principios generales. En el programa de la Constitución Nacional se hallan incluidos el principio de —_, libertad y la integración de los extranjeros a la Nación; estos principios se encuentran explícitamente manifestados en el instrumento donde se plasmó de un modo explícito las direcciones adoptadas en la formación y organización de la .
nacionalidad (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt). . CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes na cionales. , Esinconstitucional el art. 3", inc. 2", de la ley 18.248, en tanto pretende preservar el espíritu de la nacionalidad y la identidad nacional de un modo contrario a como el constituyente lo ha querido, alterando la previsibilidad de las relaciones entre gobernantes y gobernados y contrariamente al programa que la Nación se ha dado y con el que se dirige a los nacionales y convoca a los extranjeros (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt). .
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 29 de junio de 1989.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Oscar Antonio Stegemann en la causa Stegemann, Oscar Antonio s/ apelación de resolución del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas", para decidir sobre su procedencia. —.
Considerando: - - .
Que la validez constitucional del art. 3, inc. 2°, de la ley 18.248, ha sido admitida por esta Corte —en anterior composición— en el precedente de Fallos: 302:457 , y sus citas, cuya doctrina se comparte y a ella cabe remitirse por razones de brevedad, sin que los recurrentes hayan
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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1123
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