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Fallos: 311:1557 de la CSJN Argentina - Año: 1988

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SEGURO. - .
Sila cláusula de la póliza que cubre el riesgo de invalidez total, que requiere que el asegurado no pueda desempeñar "cualquier actividad remunerativa", se la entendiese en su expresión literal, el riesgo cubierto sería inexistente, dado que, salvo el caso de muerte, siempre una persona estaría en condiciones de realizar L alguna tarea, por más insignificante que ella fuese. .— . —
VICTORIO SEVERINÓ FERACE v Oruos v. NACION ARGENTINA
VINOS. .
La prohibición de fraccionar el vino en cierta clase de envase fuera de la zona de origen (art:1°dela ley 23.149) no aparece como desproporcionada con la finalidad .

de policía perseguida; por el contrario, el Poder Legislativo ha ejercido sus facultades en forma razonable, y no absurda o arbitraria, pues sc apoya en fines - .

de utilidad común.

DICTAMEN DE LA PROCURADORA FISCAL-DE LA CORTE SUPREMA — ¡ Suprema Corte: . .

II . .

Los actores promovieron la presente demanda contra el Estado Nacional, solicitando se declare la inconstitucionalidad de la ley « 23.149, que establece la prohibición de efectuar fraccionamiento de vinos, fuera de laszonas de origen de producción delasuvas, en envases menores de 930 ems" y mayores de 1500 cms'. .

Fundaron su pretensión en el hecho de que son propietarios deuna planta para fraccionamiento de vinos, instalada en la localidad de — Arroyito, Dpto. de San Justo, Provincia de Córdoba, debidamente > inscripta en el Instituto Nacional de Vitivinicultura y habilitada por la autoridad local. Dicho establecimiento fracciona únicamente en dama- , juanas, envases éstos incluidos en la prohibición del art. 1° de la ley impugnada; por lo que, de aplicarse la indicada norma —alegaron los actores— se verían obligados a cesar en el ejercicio de una lícita , , actividad comercial e industrial y a cerrar su establecimiento, todo ello '

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1557 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-311/pagina-1557

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