a los que esta Corte se remite, dándolos por reproducidos en esta sentencia, por razones de brevedad. Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario deducido, se deja sin efecto la sentencia apelada y se devuelven los autos al ' tribunal de origen para que, por quien corresponda, proceda al dictado de otra nueva. - .
- - AucusTo César Beiuscio — CArLos S. FAyr— — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE N . . . o ANTONIO BacquÉ.
ISABELINO MAROTTE v. YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes, Si bien lo atinente a la exégesis de la voluntad contractual es materia de derecho común ajena al recurso extraordinario, ello reconoce excepción cuando los jueces . asignan a las cláusulas de un contrato un alcance reñido con la clara intención de las partes, y lo decidido no se basa en explícitas razones suficientes de dere cho (1). N - RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten:
cias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y No constituye derivación razonada del derecho vigente con relación a las . particulares circunstancias del caso, la sentencia que desestimó el reclamo contra la aseguradora considerando que el riesgo cubierto era el de invalidez total "y que según el peritaje, el actor, que se desempeñó como bombero de buques, estaba incapacitado para desempeñar tareas que demandaren esfuerzos físicos, pero podía realizar otro tipo de tareas, como dibujó o relojería, por ejemplo.
SEGURO. - - - - . —_—- . . Lacláusula dela póliza que cubre el riesgo de invalidez total, que requiere que el asegurado no pueda desempeñar "cualquier actividad remunerativa", no se la puede entender en su expresión literal, esto es, estar casi muerto o ser incapaz - , de realizar cualquier tipo de tareas, sino en un sentido más flexible, pues de lo que se trata es de establecer'si el beneficiario se encuentra imposibilitado de .
realizar aquellas actividades que le eran habituales, u otras similares. 1) 28 de agosto. Fallos: 306:85 .-—
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1556
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