Judicial de la Nación y el de las provincias (Fallos: 136:147 ; 182:283 ; 183:100 ; 185:46 ; 237:392 ; etc., de conformidad a la Judiciary Act. Sección 25, Estatutos Revisados; Sección 709, el Código Judicial de 1911), sólo se equiparan las decisiones de tribunales administrativos .
que tengan reconocida una función jurisdiccional sin apelación a la justicia.
Respecto del segundo de los conceptos esenciales para la proce- .
dencia del recurso federal, es decir, del de "juicio", Imaz y Rey lo definen expresando que se trata de "los procedimientos que, según la ley o la práctica judicial, pueden instruirse en los tribunales a los efectos del cumplimiento de su función de administrar justicia", sobre la base de la definición a su turno expresada por el Juez Field, al que citan Robertson y Kirkham. - .
En Fallos: 193:115 , dijo V.E. que: "Todo asunto... susceptible de ser llevado ante los tribunales de justicia mediante alguno de los procedimientos establecidos a ese efecto, constituye un caso, juicio o pleito a los efectos del art. 14 de la ley 48".
Y en Fallos: 156:318 había dicho, a su vez, V.E. "que si para determinar la jurisdicción de esta Corte y de los demás tribunales de la Nación, no existiera la limitación derivada de la necesidad de un juicio, una contienda entre partes, entendido esto como "un pleito o demanda en derecho instituida con arreglo a un curso regular de procedimiento, según el concepto de Marshall, la Suprema Corte de Justicia dispondría de una autoridad sin contralor sobre el gobier- .
no de la República y podría llegar el caso de que los demás poderes del Estado le quedaran supeditados con mengua de la forma y del espíritu de la Carta Fundamental. El Poder Judicial de la Nación, ha dicho Vedia (Constitución Argentina, párrafos 541 y 542), no se extiende a todas las violaciones posibles de la Constitución, sino a las que son sometidas en la forma de un caso por una de las partes, si así no sucede, ño hay caso y no hay, por lo tanto, jurisdicción acordada",
XI
En el supuesto que nos ocupa, la auseñicia de tales requisitos que hacen a la procedencia de la apelación federal, se darían por
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2871
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