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Fallos: 310:2353 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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cloacales sin tratamiento y conteniendo desperdicios industriales tóxicos.

Río abajo, por el Reconquista, la situación se agudiza, pues la calidad de sus tramos inferiores se reduce aún más debido a una , cantidad de descargas poco satisfactorias, cuyo efecto es particularmente notable durante la marea baja (fs. 15/16).

Se reafirma más adelante en el estudio que la polución gruesa del río proviene, en buena parte, de las descargas de efluentes industriales (fs. 27), un número de los cuales contiene compuestos tóxicos que deben ser eliminados, desde los altamente tóxicos, como los cianuros y fenoles, hasta los de niveles menos importantes, como los metales pesados (fs. 31).

En cuanto al arroyo Morón se lo define lisamente "como una cloaca", a punto tal que en condiciones de poco caudal parecería formado tan sólo por efluentes industriales (fs. 39).

La autoridad consultada desaprucba cualquier sistema de gravá¡nenes para los vertidos de los establecimientos industriales, a menos que Jas descargas se realicen en una planta de procesamiento de aguas cloacales, ya que esto permitiría, y quizás, alentaría, la descarga continua de efluentes de calidad deficiente (fs. 41/42).

2— Informes de Obras Sanitarias de la Nación:

Las contestaciones de la empresa a los requerimientos de informes formulados por el Tribunal de la causa ponen de relieve que los establecimientos industriales que vuelcan sus efluentes residuales a la cuenca del río Reconquista suman 141 (ver fs. 403/404, 406/407, 409, 413, 315), lo que proporciona una idea de la concentración fabril que descarga sus desechos contaminantes en los cursos de agua que componen la cuenca.

Del estudio agregado a la causa titulado "Control de la Contaminación en la cuenca del río Reconquista", elaborado por la Gerencia del Planeamiento y Control de Obras Sanitarias de la Nación, surge que los establecimientos que producen efluentes fuera de las condiciones reglamentarias exigidas por la empresa son sometidos a

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2353 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-2353

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