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Fallos: 310:1705 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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a dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado. Agréguese la queja.

Reintégrese el depósito de fs. 1.

Aucusro César BELLuscIO — CARLos S. FAYr — JorcE ANTONIO Bacquí.

- HUMBERTO LOIZZO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento. Corresponde dejar sin efecto la sentencia que omitió considerar la invalidez ° constitucional del art. 1 del decreto n" 3319 —reglamentario de la ley 22.955— por exceder las prescripciones de ésta, y fucra plantcida por la recurrente. Ello es así, pues las decisiones que omiten considerar cuestiones oportunamente propuestas conducentes para la decisión del juicio, carecon de basc adccuada para sustentarla y deben ser descalificadas (1).

MARIA CRISTINA MAGNASCO ve BICCHI y Orño v.


ANCELICA LAVACNINO TSCHIRCH DE MAGNASCO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones -no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recutso. Defectos en la fundamentación.

normatica.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que denegó la desafectación como bien de familia del inmueble habilitado por la cónyuge supérstite, si tratándose de un inmueble de 350 m2 ubicado en una zona importante de la Ciudad de Buenos Aires, excede los fines previstos por la legislación —.

vigente en la materia y pone de manifiesto un ejercicio antifuncional del derecho (2).

1) 19 de setiembre. Fallos: 205:120 ; 301:174 ; 306:950 .

2) 1? de setiembre. - .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1705 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1705

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