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Fallos: 310:1445 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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que la decisión del órgano judicial afecta alguno de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional sin satisfacer los requisitos mínimos exigidos para ser considerada una sentencia fundada en ley.

Cabe examinar entonces si los agravios del apelante acreditan la presencia de alguno de los aludidos supuestos de excepción que autorizarían el ejercicio de la competencia extraordinaria de la Corte. —.

En el primero de ellos se cuestiona la omisión, por parte del juez de primera instancia, de la celebración de la audiencia que prescribe el art. 441 del Código de Procedimientos en Materia Penal.

A mi modo de ver, este reparo no satisface adecuadamente los recaudos de fundamentación que imponen el art. 15 de la ley 48 y la reiterada doctrina de V. E. en la materia. Así lo considero porque la Cámara destacó que el señor juez de primera instancia ordenó correr traslado de los escritos de los querellados solicitando el sobreseimiento, vista que fue contestada por la parte querellante y fundó su desestimación del pedido de nulidad en la apreciación de que ello atendía exclusivamente a una cuestión formal que no había afectado realmente al derecho de defensa, ya que la prueba incorporada con posterioridad a esa vista en nada modificaba la situación anterior y, en el escrito en el que se.deduce el recurso, no se controvierte con eficacia dicho fundamento.

Cabe apuntar, en este sentido, que a tal efecto resulta insufi-.

ciente la mención de que entre esa documentación se encontraba el pedido de sobreseimiento por parte del fiscal en otra causa por abuso .

de autoridad si no se acredita su carácter relevante para la decisión de la causa ni se expresan las defensas de que se vió privado de desarrollar.

Con relación al reparo que se sustenta en un supuesto exceso de jurisdicción, al introducir el a quo una cuestión de carácter federal no planteada, que, además, viene a dar solución a una cuestión que es objeto de debate en otro proceso, estimo que se con- .

funden los intereses del querellante con los de las partes en ese otro proceso y no se acredita la existencia de un gravamen propio que justifique la procedencia del recurso extraordinario. .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1445 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1445

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