310 DE JUSTICIA DE " NACIÓN - 1443
DICTÁMENES DEL PROCURADOR GENERAL -
Suprema Corte:
A mi modo de ver, las cuestiones sometidas a conocimiento de V. E. en el recurso extraordinario cuya denegatoria motiva esta queja .
son sustancialmente análogas a las tratadas en el dictamen emitido .
en el día de la fecha en la causa T. 199, L.. XX "Teitelman, Eduardo José c/De Estrada, Pablo y otros" a cuyos términos me remito en homenaje a la brevedad (°). .
Opino, por ello, que corresponde desestimar esta presentación directa. Buenos Aires, 9 de abril de 1987. Juan Octavio Gauna.
Suprema Corte:
A-mi modo de ver, la presente causa presenta a primera vista una injustificada apariencia de complejidad que queda disipada en cuanto se advierte que las cuestiones en ella controvertidas aparecen confundidas con otras, que se ventilan en otros procesos y se refieren a intereses ajenos a los de las partes en éste involucradas.
Con ese objeto estimo imprescindible efectuar una breve reseña de los hechos que constituyen la piedra angular del debate.
Los autos principales, a los que se refieren todas las citas de fojas del presente dictamen, se inician con la querella criminal que el señor Teitelman dedujo contra los miembros del directorio de la Comisión Nacional de Valores y uno de sus gerentes por consi- derarlos responsables de la inclusión de su nombre entre los miem bros de la administración de Celulosa Argentina S.A. en una comunicación dirigida al juez que entendía en el concurso de dicha em- - .
presa.
En ella la Comisión de Valores informaba que la sociedad, _sus .
directores, el consejo de vigilancia, los administradores y gerentes habían sido sometidos a sumario por presunta violación de los ar- .
tículos 59, 274, 280 y 281 de la ley 19.550 y 41 de las normas de la .
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1443
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