posicion de derecho anula el procedimiento; que la accion deducida es la personal por cobro de pesos, nacida del contrato de compra-venta de que procede el crédito que se reclama; por estos fundamentos y los del auto de foja cuarenta y nueve, se confirma este con costas. Devuélvanse los autos y repónganse los selios.
1. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. —
ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO IBAR-
GÚREN. — C. 5. DE LA TORRE.
CAUSA XI
Don Antonio E. Suarez y Don Estevan F. Achinelli, en recurso contra la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Capital, por denegacion á inscribir el titulo de Escribano Público.
Sumario.— La denegacion á inscribir en los Registros de la Cámara de Apelacion en lo Civil de la Capital un título de Escribano Público otorgado en la Provincia de Buenos Aires, mientras no se llenen las condiciones de exámen y demás for
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Año: 1887, CSJN Fallos: 31:62
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