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Fallos: 31:57 de la CSJN Argentina - Año: 1887

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CAUSA X
Don Anacleto y Don Mateo Urioste, contra Don Emilio Bunge, por cobro ejecutivo de pesos.

Sumario. — 1° La omision del embargo no es un defecto que anula el procedimiento en el juicio ejecutivo.

2 La accion por cobro de pesos procedente del contrato de venta de un inmueble, es una accion personal.

3" La obligacion de pagar en oro sellado, debe satisfacerse en oro, ó en billetes de curso legal por su equivalente.

Caso. — Se refiere en el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Abril 7 de 1886.

Y vistos autos iniciados por ejecucion entablada por Don Crescencio Echevarría, en representacion de D. Mateo y Don Anacleto Urioste, contra D. Emilio Bunge, para el cobro de

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Año: 1887, CSJN Fallos: 31:57 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-31/pagina-57

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