Caso. — El Ferro-Carril de Buenos Aires y Rosario depositó la suma de 4000pezos, para obtener la inmediata posesion de un terreno de D. Casimiro Ferrer.
En el juicio de estimacion, se fijó el precio de 5330 pesos, que el Ferro-Carril pagó.
En seguida, la parte de Ferrer pidió la entrega de los 1000 pesos que habían sido depositados á su disposicion.
Falle del Juez Federal La Plata, Octubre 22 de 1885.
Como se pide.
Albarracin.
La Empresa del Ferro-Carril pidió reposicion y apeló.
AUTO DEL JUEZ FEDERAL
Y vistos: de conformidad al artículo 4° de la ley de Expropiacion y auto de foja 7, artículo 205 de la ley de Procedimientos y concordantes del alegato precedente, no ha lugar á la reposicion, ni á la apelacion deducidas.
Albarracin.
La Empresa ocurrió de hecho á la Suprema Corte.
AUTO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, Abril 6 de 1886.
Trayendo perjuicio irreparable el auto de foja cuarenta y
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Año: 1887, CSJN Fallos: 31:126
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