CAUSA XIX
El Procurador Fiscal, contra J. Goffre y Eduardo Fermepin; por defraudacion de derechos de Aduana Sumario. —La rectificacion de un error, que no es de los determinados por el artículo 1058 de las Ordenanzas de Aduana, hecha despues de ordenada la verificacion, no exime de la pena establecida por el artículo 930 de las mismas.
Caso. — Se refiere en la vista del Procurador Fiscal.
RESOLUCION DEL ADMINISTRADOR DE ADUANA
Buenos Aires, Marzo 24 de 1886.
Con arreglo al artículo 930 de las Ordenanzas de Aduana, declárase caido en comiso el esceso encontrado.
Hágase saber, y fecho pase á Contaduría á sus efectos, reponiéndose los sellos por el vista anterior.
P.E.S. A.
E. Anido
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Año: 1887, CSJN Fallos: 31:120
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