DE JUSTICIA DE LA NACIÓN" 165. — " .
calificar los hechos y la parte general de la ley militar para carac- .
" terizar al autor de esos hechos y que hacerlo importa una aberración jurídica. - .
A mi modo de ver, las interpretaciones postuladas no se ajustan .
al texto de .la ley vigente. - " Enefecto, el Código de Justicia Militar en lo referido a la autoTía y participación incorpora mediante una resolución expresa los ".
conceptos que sobre el tema se incluyeron en el Código Penal y — establece que. los" mismos serán aplicables en la órbita castrense en combinación con los supuestos de excepción que el mismo Código o prevé. - - . . Los arts. 45 del Código Penal y 513 del Código de Justicia Mili tar son dos disposiciones de la misma jerarquía normativa dentro de un idéntico sistema jurídico que regulan el tema de la responsabilidad criminal, estableciendo expresamente una compatibiliza- .
ción de sus contenidos. - Opino, en- consecuencia, que corresponde confirmar en este punto la sentencia dictada. . o d.2) Interpretación del art. 514 - . E.
_ El art. 514 establece: "Cuando se haya cdmetido delito por la.
ejecución de una orden del servicio, el superior que la hubiere dado .
será el único responsable, y sólo será considerado cómplice el infe rior, cuando éste se hubiere excedido en el cumplimiento de dicha .
orden". - . La simple lectura de la norma mencionada permite descartar .
algunas de las afirmaciones efectuadas en los recursos extraordina— rios intentados por Roberto Eduardo Viola y Armando Lambrus El primero de ellos afirma que el artículo 514 no se refiere a la autoría, sino que alude exclusivamente a la responsabilidad del .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1675 
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