triz Suzarra, Piero Di Monte y Puente, todos prisioneros junto a la víctima en el citado centro de detención.
También está probado que 'en ocasión de su cautiverio fue so metida a algún mecanismo de tortura. .
o .
La damnificada refiere que al arribar a "La Perla" recibió, junto a otros cautivos, golpes de karate y otros con palos y bo tellas. Ello encuentra corroboración en el testimonio de la nombrada Cecilia Suzarra quien afirma que todas las personas que nombró en su declaración, entre quienes incluyó a la víctima del presente caso, sufrieron tormentos. NC Ana María Mohaded hace referencia a que Callizo tenía varios dientes rotos a causa de los golpes recibidos. - Durante su cautiverio se le impusieron condiciones: inhuma"nas de vida y alojamiento.
Este aspecto ha quedado reiteradamente acreditado al ser ana- , lizado en numerosos casos, en donde las personas que estuvieron cautivas en "La Perla" narraron las infrahumanas condiciones -de vida-a que eran sometidas. A tales consideraciones se remite el Tri bunal. ' .
Liliana Beatriz Callizo recuperó sú libertad en el mes de no-:
viembre de 1977. Sus dichos vertidos en tal sentido, no son con trovertidos por prueba alguna.
. Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron ° a Liliana Beatriz Callizo fueron desarrollados de acuerdo al pro ceder descripto en la cuestión de hecho Ne? 146. - - CASO N° 528: HONORES, LUIS JUSTINO . .
Está probado que el día 3 de septiembre de 1976 Luis Justino -° Honores fue privado de su libertad en la ciudad de Córdoba, ca o . .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1274
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