despedido Lellín el 30 de noviembre de 1977 por faltar a su tra- .
bajo desde el 6 de septiembre de 1976. A todo esto hay que agregar que Cecilia Suzarra, persona que fuera ofrecida por la Fiscalía como testigo de cautiverio, al depo- ner en autos nada dice sobre Lellín, de haberlo visto en los luga res de detención conocidos como "La Perla" y "La Rivera", donde la declarante habría estado alojada luego de su detención por fuer zas del Ejército desde marzo de 1976 al año 1978. En conclusión, sólo. se tienen dichos de terceros, un expediente penal en pleno trámite por la supuesta privación de la libertad de Lellín y diversos reclamos, todo lo cual no alcanza como para en forma terminante tener por probado el hecho en estudio.
Tampoco se han podido acreditar elementos de convicción suficientes como para dar, en este momento, por demostrado el de sapoderamiento del automóvil del causante. "CASO Nr 530: ELENA, FRANCISCO JOSE Está probado que los primeros días del mes de septiembre de 1976 Francisco José Elena fue privado de su libertad en su do- .
micilio de la calle Monte Catini 3366, Valle de los Granaderos, de la ciudad de Córdoba por personal que pertenecía al Ejército Argentino. - - .
Ello .por su propia declaración ante el Tribunal, oportunidad en que relata que aproximadamente a las 3 de la mañana arriba ron a su casa personas con uniforme de campaña, que manifesta ron pertenecer a las Fuerzas Armadas, preguntando por su hija y , su yerno, y al no encontrarlos, expresaron que, para justificar el operativo, lo detendrían hasta 'el día siguiente. Lo corroboran los dichos de su hijo Francisco, quien estaba en su hogar esa no che y recibió del Jefe del operativo la misma explicación que an- , tecede.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1278
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