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Fallos: 308:1279 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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Tácter que, más allá de su acierto o error, le confieren valor como acto judicial. , 1 RECURSO EXTRAORDINARIO: Reguisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Apartamiento de constancias de la causa. —_ Corresponde dejar sin efecto la sentencia que consideró no probado que el accidente del trabajo se hubiera producido en la forma descripta por el actor, prescindiendo, sin dar razones válidas, del tratamiento del .

Peritaje médico realizado y de los dichos del único testigo, concordante con aquel relato.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: . ; Se trae queja por denegatoria del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de fs. 158 que rechazó la demanda laboral promovida en autos.

Afirma la apelante que el fallo es arbitrario y que vulnera lo establecido en los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional.

En mi opinión la protesta debe tener acogida favorable en , cuanto cuestiona lo resuelto respecto de la indemnización por ac- cidente de trabajo reclamada.

En efecto, el a quo rechazó ese reclamo sin examinar pruebas de fundamental importancia para la dilucidación del tema, a pesar de que en ellas se apoyó la expresión de agravios que la actora había formulado a fs. 145/147. Es así que el tribunal consideró no- probado que el accidente Se produjo en la forma relatada por el actor en su escrito de demanda sin detenerse previamente en la valoración de la prueba aportada al proceso a pesar de que .tanto el peritaje médico de fs. 114/116 como la declaración del único testigo que manifestó haber presenciado el hecho expresan coincidencias con aquel relato.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1279 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-1279

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