(Competencia Ne 562.XX. "Nowakowsky, Wittold Jorge" y Ne 766...
XX. "Ojeda, José Omar y otro", resueltas el 17 de diciembre de 1985 y el 3 de julio de 1986, respectivamente). .
Por ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador General, se declara que en esta causa deberá conocer el Juzgado Federal de .
Primera Instancia de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, al que se remitirá, Hágase saber a los juzgados intervinientes en la contienda. - , . los SEVERO" CABALLERO — AUGUSTO CÉsar BELLUscIO — CARLOs S. FAYT — ENRIQUE .
SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO
" — Bacout.
- VICENTA APRIGLIANO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos: propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes. - ° Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la solicitud enderezada a lograr que se pagaran los haberes jubilatorios desde la fecha del cese de servicios, omitiendo ponderar el hecho de que a pesar de no haber prosperado originariamente el reclamo, la interesada había cumplido —al tiempo de su solicitud— con todos los recaudos exigidos .
por las disposiciones legales. .
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL PE LA CORTE SUPREMA -
Suprema Corte: . 7 Para examinar debidamente la procedencia de la queja interpuesta por doña Vicenta Aprigliano en razón de habérsele denegado el recurso extraordinario que dedujo a fs. 126/130 vta. del princi
Compartir
90Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1273
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-1273
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 308 Volumen: 1 en el número: 1273 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos