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Fallos: 308:1273 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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(Competencia Ne 562.XX. "Nowakowsky, Wittold Jorge" y Ne 766...

XX. "Ojeda, José Omar y otro", resueltas el 17 de diciembre de 1985 y el 3 de julio de 1986, respectivamente). .

Por ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador General, se declara que en esta causa deberá conocer el Juzgado Federal de .

Primera Instancia de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, al que se remitirá, Hágase saber a los juzgados intervinientes en la contienda. - , . los SEVERO" CABALLERO — AUGUSTO CÉsar BELLUscIO — CARLOs S. FAYT — ENRIQUE .


SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO
" — Bacout.

- VICENTA APRIGLIANO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos: propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes. - ° Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la solicitud enderezada a lograr que se pagaran los haberes jubilatorios desde la fecha del cese de servicios, omitiendo ponderar el hecho de que a pesar de no haber prosperado originariamente el reclamo, la interesada había cumplido —al tiempo de su solicitud— con todos los recaudos exigidos .

por las disposiciones legales. .

DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL PE LA CORTE SUPREMA -
Suprema Corte: . 7 Para examinar debidamente la procedencia de la queja interpuesta por doña Vicenta Aprigliano en razón de habérsele denegado el recurso extraordinario que dedujo a fs. 126/130 vta. del princi

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1273 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-1273

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