el art. 14 de la ley 48 (Voto de los Dres, Adolfo R. Gabrielli y Elías P.
Guastavino) (1).
ADOLFO ZAMBONI LEDESMA
SUPERINTENDENCIA.
Corresponde hacer lugar a la avocación deducida por el Juez Federal de Córdoba y dejar sin efecto las Acordadas Nros. 65/81 y 81/81 de la Cimara Federal de Ape'aciones de esa jurisdicción, por las cuales se decidió declarar que no corresponde las visitas de cárceles a condenados alojados en establecimientos carcelarios ubicados fuera del distrito que tiene su asiento el juzgado. Ello así, pues la decisión de la Cámara implica resolver por vía de superintendencia cuestiones de carácter jurisdiccional que sólo pueden ser motivo le decisión en causa concreta judicial en la que la contienda se debata (2).
PABLO D. VIDELA v. U.N.LP.
UNIVERSIDAD.
Corresponde confirmar la sentencia que no hizo lugar a la demanda por la cual el actor perseguía la nulidad de la resolución que limitó al 5 de mayo de 1976 sus funciones en el cargo de Profesor Titular. Ello así, pues la ley 20.654, que derogó el régimen para las universidades nacionales establecido por la ley 17.245 y declaró en comisión a todos los docentes (arts. 62 y 58 de aquélla), no fue modificada en este punto por ') Doctrina de Fa'los: 241:38 ; 303:055 ; Fallos: 304:450 y "Panete, Carlos c/Siam Di Tella Ltda. Div. Siat", del 6 de abril de 1982; Fallos: 304:484 , 788, y voto en Fallos: 304:1468 .
2) 24 de marzo. Fallos: 300:1011 .
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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:417
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