ESTADO DE SITIO.
Siendo categórica la afirmación del Poder Ejecutivo Nacional en el sentido de que la medida se funda en la vinculación del arrestado con la actividad de organizaciones subversivas, existe en consecuencia relación entre la detención y las causas que motivaran la implantación del estado de sitio, lo que obliga al Tribunal a respetar la esfera de reserva que es propia del poder político. cuando como en el caso, no existe arbitrariedad (Disidencia del Dr. Carlos A. Renom) (1). 
ESTADO DE SITIO.
La reiteración del pedido para salir del país, por sí mismo, no limita la facultad que el art, 57 del Acta Institucional del 19 de Septiembre de 1977 otorga al Presidente de la Nación, durante el estado de sitio, si a su juicio subsisten las causas que determinaron la denegatoria de la opción. Ello es asi, atento lo dicho en el mensaje que acompaña el proyecto de ley luego sancionado hajo el No 21,850, según el cual: "se reglamenta el derecho de opción sobre la hase de una sola y única Imitación: ha de impedir que salgan del país quienes puedan continuar poniendo en peligro la paz y seguridad de la Nación al permitirsele salir del territorio argentino" (Disidencia del Dr. Carlos A. Renom) (7). 
JOSE HERNAN ASCENCIO
ACCION DE AMPAÑO: Actos u omisiones de autoridades públicas, Principios generales. 
Si bien en principio la declaración por el a quo referente a que el acto administrativo, por el que fuera excluido un menor de una escuela primaria provincial, en razón de haberse negado a reverenciar los simbolos patrios, no adolece de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, lo que tornaría uplicable la jurisprudencia de esta Corte según la cual tal cuestión es insusceptible de revisión en la instancia extraordinaría, no es menos cierto que, en circunstancias excepcionales corresponde apartarse de dicho principio. Asi ocurre en el caso, por cuanto el instituto del amparo tiende a una efectiva protección de derechos y esta tutela debe ser más oportuna y eficaz cuando °) Fallos: 304:1210 .
2) Fallos: 304:1210 ,
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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:1293 
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