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Fallos: 302:1175 de la CSJN Argentina - Año: 1980

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CONSUELO AZUCENA GUTIERREZ 0: GREGORI
v. JUAN CARLOS GARCIA y OTRO RECURSO EXTRACRDINANIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencios arbitrarias, Improcedencia del recurso.

No procede el recurso estriordinario contra la sentencia que revocando la de primera instancia, hizo lugar a La mlidad de contrato plantenda por una menor y desestimó las escrituraciones pretendidas por los compradores por demanda y reconvención y los daños y perjuicios solcítanlos, de jando a salvo el derecho de aquéllos para reckimarios contra los vende dores capaces, toda vez que no se adviedte que el fallo incurra en el esceso ritual que pretenden los recurrentes resepcto del alcance que otorZa La excepción que consagra el art. 1166 in fine del Código Civil, habida cuenta que el tribunal ha efectuado un estudio de las interpreta eones doctrinarias y fuentes de la norma, eligiendo una de las soluciones posibles que no traduce el exceso alegado, sin que tampoco se haya logrado demostrar la autocontradicción que se invoca en orden + los alcances que se atribuyen al colo en que habría incurrido Li menor (4).

SK.L. MARELLI y VASCHETTO y. GREGORIO E. TORRES
CADUCIDAD DE LA INSTANCIA.
Corresponde desestimar la acusación de caducidad de La instancia extra ordinaria, si aún no se había cumplido con lo dispuesto en el art. 41 del Reglamento para la Justicia Nacional, como para que la parte ipelante contrajera la carga de urgir la marcha del pleito (3).

1) 21 de octubre.

2) 21 de octubre. Fallos: 293:679 ; 295:485 ,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1175 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-302/pagina-1175

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