incapacidad parcial y permanente mayor, aun cuando se tratare de enfermedades distintas, remite al análisis de cuestiones de hecho, prueba y derecho común, ajenas al recurso extraordinario, máxime si la sentencia expone argumentos suficientes que —al margen de su acierto o error— descartan la tacha de arbitrariedad (').
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.
La circunstancia de que la solución acordada al pleito se encuentre en contradicción con opiniones doctrinarias o procedentes de otros tribunales, no sustenta el recurso extraordinario fundado en la tacha de arbitra riedad (=).
GUILLERMO LILO ALBIZU yv. JUAN CARLOS HERRERA y OTROs JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales.
Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.
Es competente la justicia federal, y no la provincial, para conocer de hs la presente participación que tuvieron civiles en actos que se realizaron en sede militar, ya que las autoridades castrenses tomaron intervención en cuanto se refería a personal militar, y el Juez Federal debe determinar sí han constituido o no delito, hechos que pudieron afectar el buen servicio de instituciones nacionales.
DICTAMEN DEL AUDITOR GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
Señor Comandante en Jefe del Ejército:
Viene a dictamen el presente sumario, instruido para investigar las cireunstanccias relacionadas con la venta del acoplado marca "Helvética", patente Nv 85.924, chasis NV 26.662 que se encontraba en el Grupo de Artillería de Defensa Aérea 141, Esta causa se inició ante el Juzgado del Crimen NY 1 de San Luis en virtud de la denuncia formulada por el hijo del titulado propietario de dicho rodado, 1) 30 de mayo. Fallos: 261:273 , 2) Fallos: 270:124 .
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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:576
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