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Fallos: 30:187 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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Fallo del Juez Federal Paraná, Agosto 9 de 1683.


Y vistos: los autos seguidos por el representante de D.
Manuel A. Casal contra D. Domingo Garbino como sucesor de la razon social E. Casalino y Ca, demandando el pago: 1° de seis mil novecientos diez y nueve pesos con once centavos bolivíanos ($b. 0919 411 cts.), por saldo de cuenta corriente; 2" de catorce mil cien pesos bolivianos, por sueldos como dependiente desde el 4° de Octubre de 1877 hasta el 31 de Agosto de 1881, 4 razon de (trescientos pesos mensuales; 3" de ocho mil pesos bolivianos, por compensacion de los trabajos de liquidacion de , la testamentaría del ¡nado Mateo Carbone; y 4° de siete mil novecientos cincuenta y dos pesos con treinta y siete centavos bolivianos, que entregó como capital para la formacion de una sociedad de lavadero, que no se realizó ; de los cuales resulta :

I Ns del primer capítulo de la demanda, los hechos son estos:

En 16 de Setiembre de 1880, la casa E. Casalino y C°, era deudora á D. Manuel A. Casal de li suma demandada con pequeña diferencia, por saldo de cuenta corriente, segun sc comprueba por los asientos de los libros de dicha Sociedad, existentes en poder del demandado, y compulsados á pedimento del actor (informe de fojas 217 4 218).

En la misma fecha 16 de Setiembre de 1880, se declaró chancelada dicha cuenta, por un asiento puesto en el libro ma

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:187 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-187

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