CASA LXXX
Don Jacobo Menditegui, contra D, Leon Camus, por cobro de pesos ; sobre embargo preventivo.
Sumario. — Por la ley de enjuiciamiento ante la justicia federal, no procede el arraigo del juicio ó el embargo preventivo, sin prueba fehaciente de la deuda, y esta no pueden constituirla los libros de comercio del actor, presentados al principio del juicio sin audiencia del demandado, Caso. — D. Jacobo Menditeguí demandó á D. Leon Camus por cobro de pesos procedentes de materiales vendidos para la construecion de un buque, y alegando que el crédito resultaba delas asientos en sus libros comerciales, pidió el embargo preventivo sobre el buque construido.
Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Febrero 16 de 1886.
No siendo procedente el arraigo del juicio antes de entablarse la demanda, sinó cuando se presenta escritura pública ú otra prueba fehaciente, con arreglo á lo dispuesto en el
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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:181
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