y los dos niños en la canoa, los condujo mas cerea de esta costa, deteniéndose como dos meses en la boca del arroyo de Cariaga, y sus inmediaciones, ocupándose como antes en Ja caza y la pesca.
7o Resultando: que llegados un dia á un paraje llamado cla Banderita» notó Cano que al servírsele la comida habia en ella estiercol de carpincho (capiguara) sustancia venenosa en el sentir de aquellas gentes, la que presumió Cano hubiese sido intencionalmente puesta por Anastacia con el propósito de hacerle daño, habiendo sentido en efecto xl dia siguiente alguna enfermedad no grave; que tomada siempre á Anastacia por autora del hecho, la reconviné fuertemente exigiéndole se lo declarase; y como guardase ella silencio, ócontestase negando la imputacion, concibió ¡el designio de matarla.
8" Resultando : que como volviese Cano á exigirle una declaracion ofreciéndole que la perdonaria, y continuase ella negando el hecho, lo irritó su tenaz negativa; y en un paraje algo distante la tomó y asestándole una puñalada en el costado derecho la dejo muerta en el acto; arrastró el cadáver de su víctima al arroyo, y abriéndole el vientre para que bajase á fondo, lo arrojó al agua.
9 Resultando: que consumado este hecho, se reunió de nuevo 4 los niños Rumualda y Victor, acercándose mas 4 la costa del Paraná en la canoa de Balenzuela en que encerraba solo un miserable equipaje relacionado á foja 12, compuesto de cueros y andrajos, dos fusiles, el hacha y dos cuchillos, certificado todo en autos, foja 22.
10> Resultando : que allí y no obstante las amenazas de Cano, aprovecharon los niños la momentánea ausencia de este y la aparicion de dos ísleros Hilario Peralta, antiguo conocido de Balanzuela, y Juan Villarruel, declaraciones de foja . ., para referirles lo ocurrido, rogándoles los condujese consigo léjos de allí, separándoles de Cano, quien, decian, habia dado muerte á su padre y á su madre; todo lo que puesto en conocimiento de las autoridades inmediatas : dió lugar á la apre
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:390
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