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Fallos: 293:287 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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ALBERTO RAUL NAJUN y JORGE BIALET ZARAZACA
ADUANA: Jurisdicción y competencia.

Corresponde a la Administración Nacional de Aduanas, y no a la justicia en lo penal económico, conocer del proceso instmido a raíz de la introducción de mercaderías porque, el valor estimado en plaza, se considera una simple infracción aduanera y no un delito. Ello así porque el decreto-ley 17.138/87 no modificó el tipo delictual sino que se limitó a adecuar ese elemento objetivo —valor de la mercadería al proceso de la depreciación monetaria. En consecuencia, la ley 20.509 no derogó la norma actualizadora del decreto-ley 17.138/67, antes citada (').

ALBERTO ISMAEL COLICCHIO y OTROs JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Pluralidad de delitos.

El uso de la facultad acordada por el art. 40 del Código de Procedimientos en lo Criminal, testo según el decreto-ley 19.271/71, corresponde decidir el juzgyamiento por separado del delito de falsificación de documentos, de competencia de la justicia federal, y de los delitos de defraudación investigados, en los que debe entender la justicia nacional en lo criminal de instrucción (2).


JORGE PUCCI y OTRO v. BRANIFF INTERNATIONAL
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.

Planteado un conflicto de competencia entre jueces de distinta jurisdicción, corresponde dirimirlo a la Corte Suprema, como tribunal jerárquico común,
ESTABLECIMIENTO DE UTILIDAD NACIONAL.
La adquisición vor el Gobierno Federal de lugares en las provincias, con des.

tino a establecimientos de utilidad nacional no significa la federalización de aquellos territorios al extremo de que la Nación atraiga, por ese solo hecho, toda la potestad legislativa, administrativa y judicial, de manera exclusiva y 1) 28 de octubre. Fallos: 290:375 , 7) 28 de octubre, Fallos: 289:524 .

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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:287 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-293/pagina-287

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