KNOWLES anv FOSTER v. PROVINCIA DE SANTIAGO ver ESTERO
DEMANDA: Requisitos de la demanda.
Al no designarse en forma clara y positiva el objeto de la pretensión ni sus límites cuantitativos, la cosa demandada no se encuentra precisada en los términos del art. 330, incs. 37 y 67, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación . Así ocurre en el caso en que el actor manifestó que la cuestión planteada sólo involucraba la dilucidación de un problema de hermenéntica contractual, nor sí insuiciente para sustentar un verdadero litiglo o conflicto de concretos y actuales intereses y fundamentar una sentencia de condena favor del actor.
DEMANDA: Hequisitos de la demanda De acuerdo al art. 330, incs. 4 y 3, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , es insuficiente como causa o titalo de la pretensión, el reclamo de intereses moratorios superpuestos a réditos compensatorios que tendrían por fuente tanto la relación subyacente (la deuda misma) como la relación cartular (los pagarés que documentaron la denda), o que derivarían de la de.
mora en totalizar un pago que resultó parcial a raíz de diferencias de eambio.
DEMANDA: Requisitos de la demanda.
Si hien de la petición conjunta se infiere que existen pretensiones resistidlas e insatisfechas, ello no importa relevar a los presentantes del relato de los hechos de la causa y la relación que ¿guardan con la cuestión sobre la cual ha de versar la actividad jurisdiccional. Es improcedente la demanda que no cumplió con la carga de informar y aportar, en instancia procesal oportuna, los documentos necesarios para determinar la naturaleza de los intereses que se reclaman y su monto, ya que no cabe interpretar las normas contra.
tuales invocadas sí se las presenta separadas del contexto integral, DEMANDA: Requisitos de la demanda.
la finalidad del proceso, que consiste en comprender según la ley los elementos de la situación jurídica a juzgar, reaquiere la formulación precisa y acabada de la' realidad a la cual se ha de aplicar, De modo que aún las cuestiones "de puro derecho" para ser justiciables, deben estar referidas, tanto en el juicio declarativo como en el de condena, a una situación de hecho concreta y concluyente que exige que los presentantes aporten los antececentes de hecho necesarios nara que la aplicación de las normas sustantivas —lemales o contractuales— sea posible con referencia al caso concreto.
DEMANDA: Requisitos de la demanda.
A fin de obtener una decisión vinculatoria que les sirva de norma para el futuro, no basta exponer la mera inseguridad de las partes sobre los alcances de una norma abstracta, sino que se requiere referir a ésta con los actos y hechos, estemos y objetivos, que hagan cierta la voluntad de la ley; máxime cuando —como se desprende del proyecto de contrato acompañado la sentencia que resulte podrá ser oponible a terceros.
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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:281
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